Mediante un comunicado, un grupo de
organizaciones civiles manifestó este viernes su “profundo rechazo por las
recientes decisiones y omisiones inconstitucionales del Consejo Nacional
Electoral, las cuales contrarían elementales derechos políticos de los
venezolanos”, y lo conminan a retomar la senda constitucional, publicar el
cronograma de elecciones de gobernadores y alcaldes y resolver la situación de
los diputados del Estado Amazonas y Región Indígena Sur.
También lo emplazan
a “revisar y mejorar las condiciones en que los partidos deben renovarse, en
especial cantidad de máquinas, tiempos, y distribución de los puntos de
recolección, con el fin de que se permita la existencia de pluralidad política
propia de los sistemas democráticos, tal como está establecido en nuestra Carta
Magna”.
El comunicado está suscrito por el Centro
de Estudios Políticos de la Universidad Católica Andrés Bello, Ciudadanía
Activa, la Comisión para los Derechos Humanos del Estado Zulia, Comunidanas, Control
Ciudadano, Grupo la Colina, el Observatorio Venezolano de los Derechos Humanos
de la Mujer y Súmate.
En el documento, describen que la actuación
del CNE, luego de las elecciones parlamentarias de 2015, ha mostrado
desinterés por preservar y fomentar el derecho a la participación política de
los ciudadanos; parcialización de las decisiones tomadas; ausencia de
compromiso con las normas y principios legales que rigen dicha institución; y niega
el mínimo respeto hacia la población venezolana que desea ejercer su derecho a
elegir como vía al logro pacífico de soluciones a los profundos conflictos
políticos, sociales y económicos que padece el país.
Señalan que entre los hechos que definen la
gravedad del comportamiento institucional del CNE en el presente inmediato
están, en primer lugar, la violación
del ordenamiento jurídico constitucionalmente establecido, al acatar las
sentencias de Tribunales regionales sin competencia en materia electoral, lo
cual impidió a los venezolanos manifestar su voluntad para la convocatoria del
Referéndum Revocatorio del mandato del Presidente. “En este orden de ideas, es
notorio y contradictorio que el Poder Electoral no se haya pronunciado sobre el
supuesto fraude al cual aluden esos Tribunales, dado que fue el mismo CNE el
ente que validó los resultados (1%) de la manifestación de voluntades que se
requieren para la activación de dicho mecanismo de democracia directa”.
Consideran igualmente grave el silencio del organismo
electoral ante el caso de los tres diputados de Amazonas y el Representante
Indígena de la Región Sur. “En ningún momento el CNE se ha pronunciado sobre
los supuestos hechos que llevaron a la Sala Electoral del TSJ a invalidar su
juramentación, así como tampoco ha convocado al proceso de elección de nuevos diputados
para los ciudadanos del Estado Amazonas y las comunidades indígenas del sur
país. Esto supone la discriminación política de un conjunto de ciudadanos a
quienes se les ha negado su representación en la Asamblea Nacional”.
Advierten que el
Consejo Nacional Electoral no cumplió con su obligación y responsabilidad de
convocar y celebrar elecciones para elegir Gobernadores y miembros de los Consejos
Legislativos de las entidades federales antes de diciembre de 2016.
Consideran que, con
ello, el CNE ha violado el artículo 160 de la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela, el cual señala que “El Gobernador o Gobernadora será elegido o elegida por un período de
cuatro años por la mayoría de las personas que voten”. Esto significa que,
a partir del 16 de diciembre de 2016, el CNE ha omitido su obligación
constitucional, cercenando el derecho al sufragio de los venezolanos
contemplado en el artículo 63 de la Constitución: “El Sufragio es un derecho. Se ejercerá mediante votaciones libres,
universales, directas y secretas”.
También denuncian
que, al no convocar elecciones regionales en el período establecido por la
Carta Magna, el CNE ha extendido ilegalmente el mandato de los Gobernadores y
miembros de los Consejos Legislativos de cada entidad federal.
-Esta situación,
también ha impedido el derecho de los ciudadanos a participar libremente en los
asuntos públicos, directamente o por medio de sus representantes elegidos o
elegidas, según establece el Artículo 62 de la Constitución. En este mismo
orden de ideas, el CNE ha violado un principio fundamental de la democracia
como lo es la rendición de cuentas de los gobernantes ante los ciudadanos, tal
como lo prescribe el artículo 66 de la Constitución: “Los electores y electoras tienen derecho a que sus representantes
rindan cuentas públicas, transparentes y periódicas sobre su gestión, de
acuerdo al programa presentado”.
Las organizaciones
civiles refieren, por otra parte, que el día 7 de febrero de 2017, “el
directorio del CNE aprobó unas normas para la renovación de los partidos
políticos, en términos tales, respecto a las limitadas posibilidades
que su cabal cumplimiento implicaría, que hacen muy poco
factible que estos puedan renovarse.
“Esto supone una
grave amenaza al artículo 67 de la Constitución, según el cual “Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el
derecho de asociarse con fines políticos, mediante métodos democráticos de
organización, funcionamiento y dirección”. Es
especialmente revelador de las intenciones latentes en estas normas tan
restrictivas, que entre los criterios que regirán este proceso, sobresale la
clara insuficiencia de los puntos establecidos para atender a los militantes
requeridos, en el tiempo establecido para cada partido político sujeto a
renovación”.
Reiteran su ”preocupación y justificada
alarma ciudadana por estas decisiones que profundizan las sistemáticas
violaciones de la Constitución por parte del CNE, y en
específico, de los principios que deben regir su actuación para garantizar el
derecho a la participación ciudadana, previstos en el artículo 294: “Los órganos del Poder Electoral se rigen por
los principios de independencia orgánica, autonomía funcional y presupuestaria,
despartidización de los organismos electorales, imparcialidad y participación
ciudadana; descentralización de la administración electoral, transparencia y
celeridad del acto de votación y escrutinios”.
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