El Gobierno modificó la resolución de autorización de adquisición de divisas para las aerolíneas, y de acuerdo a la normativa, las empresas de transporte tendrán que cumplir con más requisitos al momento de efectuar las peticiones.
En la Gaceta Extraordinaria 6.122 del 23 de enero se publicó la nueva providencia en cuyo artículo 2 señala que "que quedan sujetos a esta norma las empresas extranjeras que prestan el servicio público de transporte aéreo internacional de pasajeros, carga y correo, debidamente autorizadas por el Instituto Nacional de Aeronáutica Civil (Inac) desde y hacia el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, que requieran remesar a la casa matriz de su país de origen, el saldo neto resultante de descontar los ingresos por fletes de transporte de carga, correo y por la venta de boletos aéreos, exclusivamente a personas legalmente residenciadas en el territorio nacional, obtenidos por cada uno de los puntos, oficinas, sucursales o agencias de ventas, todos los costos, gastos e impuestos que deban sufragar en el país para el adecuado y seguro funcionamiento de sus operaciones".
En la providencia anterior no se establecía que la venta de boletos tenía que ser exclusiva para las personas residenciadas legalmente en el país.
Aunado de esa condición, las empresas tendrán que entregar más documentos ante Cadivi. Además de las planillas de solicitud, copia del RIF (Registro de Información Fiscal y el permiso para operar, se tienen que consignar: copia del libro de ventas correspondientes al periodo a remesar, copia del libro de compras, copia del reporte de venta de directa, copia del reporte de carga directa, copia del reporte de las tasas extranjeras, permiso para operar, balance, declaración y pago del IVA, copia del documento donde se detalla la transferencia e informe detallado donde explique las razones por los cuales se generó el aumento de la remesa del periodo requerido.
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