El gobierno ordenó a la banca a destinar un porcentaje mínimo de 22 a 25% de su cartera de créditos bruta para el sector agrícola.
De acuerdo a la Gaceta Oficial 40.376 que circula hoy, los despachos de Economía, Finanzas y Banca Pública y Agricultura y Tierras determinaron que la gaveta obligatoria variará mes a mes. Para febrero y diciembre se establece que sea de 22% de la cartera bruta crediticia, para marzo, abril y noviembre de 23%, mayo, junio, septiembre y octubre de 24%, julio y agosto de 25%.
La resolución establece además las condiciones por subsector agrícola sobre los plazos y la periodicidad del pago de las cuotas de los financiamientos que se otorguen por esa vía.
Igualmente, se establece que 60% del monto total a destinarse en cartera de créditos será para la producción agrícola primaria de rubros estratégicos (antes era 49%), 5% para aquellos no estratégicos (en 2013 era 21%), hasta 15% para maquinarias y equipos y el 20% restante para la agroindustria y la comercialización de los rubros agrícolas.
Comentarios