Se mantendrán al tipo de cambio de 2,60 dólares las operaciones de venta de divisas para las importaciones de los sectores alimentos y salud, pago por gastos de estudiantes que cursan en el extranjeros y pagos a jubilados y pensionados residentes en el exterior, recibidas hasta el 31 de diciembre de 2010.
De acuerdo al Convenio Cambiario número 15, publicado en Gaceta Oficial 39.593, serán liquidadas al tipo de cambio 2,60 dólares las operaciones de venta de divisas correspondientes a las autorizaciones de adquisición de divisas que emita Cadivi por solicitudes que cuenten con Certificados de No Producción Nacional aprobados, al 31 de diciembre de 2010, por el Ministerio de Alimentación para importaciones del sector alimentos.
También incluye los pagos por gastos para recuperación de la salud, depotre, cultura, investigaciones científicas y otros casos de especial urgenciia, a jucio de la Comisión de Administración de Divisas (Cadivi).
Igual tipo de cambio se aplicará a las operaciones de venta de divisas correspondientes a autorizaciones de adquisición de divisas de importaciones canalizadas a través del Convenio de Pagos y Créditos Recíprocos de las Asociación Latinoamericana de Integraci{on (Aladi), que para el 31 de diciembre de 2010 cuenten con el respectivo código de reembolso.
De acuerdo al Convenio Cambiario número 15, publicado en Gaceta Oficial 39.593, serán liquidadas al tipo de cambio 2,60 dólares las operaciones de venta de divisas correspondientes a las autorizaciones de adquisición de divisas que emita Cadivi por solicitudes que cuenten con Certificados de No Producción Nacional aprobados, al 31 de diciembre de 2010, por el Ministerio de Alimentación para importaciones del sector alimentos.
También incluye los pagos por gastos para recuperación de la salud, depotre, cultura, investigaciones científicas y otros casos de especial urgenciia, a jucio de la Comisión de Administración de Divisas (Cadivi).
Igual tipo de cambio se aplicará a las operaciones de venta de divisas correspondientes a autorizaciones de adquisición de divisas de importaciones canalizadas a través del Convenio de Pagos y Créditos Recíprocos de las Asociación Latinoamericana de Integraci{on (Aladi), que para el 31 de diciembre de 2010 cuenten con el respectivo código de reembolso.
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