
La plenaria de la Asamblea Nacional recibió este miércoles el informe sobre la Ley de Tarjetas de Débito y Crédito, instrumento que será sancionado en los próximos días.
Esta ley fue sancionada por la Asamblea Nacional en el 2005 y fue vetada por el Ejecutivo. Posteriormente, el Tribunal Supremo de Justicia, en el 2007, ordenó al Parlamento "legislar de forma especial lo referente a la regulación" del tema.
En esta oportunidad, la "comisión redactora propone a esta plenaria aprobar la Ley de Tarjetas de Crédito, Débito, Prepagadas y demás Tarjetas de Financiamiento o pago electrónico, ajustándose a los criterios del TSJ, con las observaciones que se recogieron en el Veto Presidencial, algunas correcciones de técnica legislativa, además de adaptarla a los nuevos mecanismos de participación popular que establece nuestro ordenamiento jurídico", dice una nota de la AN.
Entre las modifcaciones que se incluyen al instrumento legal destaca el artículo 2, literal F, donde se define la tarjeta prepagada. En este sentido, se señala que "este instrumento no se considera tarjeta de crédito independientemente de la marca que lo respalde".
Se propone incluir un nuevo artículo 3, con el ámbito de aplicación de la ley. La presente Ley será aplicable en el territorio de la República de Venezuela a: Los tarjetahabientes titulares de todas las tarjetas, a los emisores de estas tarjetas; y los negocios afiliados, expendedor de bienes o prestador del servicio autorizado por una institución emisora de tarjetas.
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