Lo que se ha hecho por mejorar las
indemnizaciones al momento de cesar la relación laboral ha dificultado alcanzar
un buen salario, lo cual es fundamental en Venezuela donde las luchas no
deberían ser por el mantenimiento de los precios de los bienes y servicios,
sino por que los ingresos del trabajador sean suficientes para cubrirlos.
Así lo sostiene el periodista Luis Manuel
Escalante, autor del “Método Suma y Sigue” que fue acogido por la Comisión Tripartita
de 1997 para la reforma que se hizo al sistema de cálculo de las prestaciones
sociales, y que la última reforma a la
LOT , promulgada por el presidente Hugo Chávez el lunes 30 de
abril, la mantienen, pero con elementos que desmejoran al trabajador.
En los años 90 lo que estaba planteado era
cambiar las prestaciones por fondos de retiro y Escalante demostró que “el
problema no eran las prestaciones, sino su forma de calcularlas” y presentó un
método que las preservaba sin que las mismas afectaran ejercicios pasados de
las fuentes empleadoras.
La propuesta de Escalante fue difundida en su pequeño libro “Cómo alcanzar el salario
real” del cual hubo dos ediciones, además de numerosas exposiciones en
diferentes sectores en todo el país, lo que representó para él un costo,
incluso moral, porque no todas las personas entendían cómo alguien que no era
empleado, ni asesor, realizaba este tipo de labores. Pero estaba en juego la
pérdida de un beneficio.
El referido mecanismo planteaba la creación de
un fideicomiso en la banca para cada trabajador en el cual se le depositaría
mensualmente un doceavo de sus indemnizaciones anuales, que para el entonces
eran de 30 días por año de servicio. Cuando después de muchas discusiones y
revisión de más de catorce propuestas, la tripartita la acogió, el sector
sindical planteó que en vez de 2,5 días de salarios mensuales, fueron cinco,
con lo cual las prestaciones pasaron a ser dobles sin necesidad de un despido
injustificado. Al ver que los empleadores aceptaron la sugerencia pidieron que
ese monto se elevara a dos días más por años de servicios, lo cual también fue
acogido, a lo que se le agregó el pago doble hasta un monto determinado, por
despidos injustificado, todo lo cual encareció la liquidación y persistió la
dificultad para alcanzar un salario real.
Todos esos acuerdos alcanzados en 1997 se
mantienen en la nueva Ley del Trabajo, pero en vez de cinco días mensuales, el
depósito ahora será de 15 días trimestrales, con lo cual el trabajador se
desmejora al dejar de ganar intereses progresivos por ese tiempo.
Como una novedad establecen en los artículos
141 y 142 que esos depósitos son anticipos de pagos de prestaciones y que éstas
se calcularán como antes: multiplicando el último salario por los años de
servicio y se agregará el diferencial. No obstante esa multiplicación que se
hará en base a 30 días de salario por cada año podrá ser inferior a la
sumatoria de dos y hasta de tres meses por cada año en la fuente laboral.
Ante esa posibilidad la nueva ley establece
que se le pagará al trabajador el monto que le resulte más beneficioso, con lo
cual queda demostrado, según el autor del anterior sistema de cálculos, que la
“tal vuelta a la retroactividad es una falacia”.
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